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Decreto: corrección de errores materiales detectados en el texto del pliego de cláusulas administrativas que ha de regir la contratación mediante procedimiento abierto y tramitación ordinaria del servicio de comunicación corporativa del ayuntamiento de
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bet | 2/3 | Sana | 30.06.2021 | Hajmi | 33,5 Kb. | | #15304 |
FUNDAMENTOS DE DERECHO.
I.- La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, prevé en su art. 109.2 que las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
II.- La competencia para la aprobación del Pliego de cláusulas económico-administrativas corresponde a la Alcaldía Presidencia conforme dispone la Disposición Adicional 2ª.1 de la Ley de Contratos del Sector Público.
Y de acuerdo con cuanto antecede esta Alcaldía
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Decreto: corrección de errores materiales detectados en el texto del pliego de cláusulas administrativas que ha de regir la contratación mediante procedimiento abierto y tramitación ordinaria del servicio de comunicación corporativa del ayuntamiento de
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